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viernes, 9 de abril de 2021

12 de abril será no laborable para trabajadores que se desempeñen como miembros de mesa


Mediante el decreto supremo No  008-2021-TR publicado el jueves 08 de abril en el diario oficial El Peruano  se declaró que el lunes 12 de abril de 2021 será no laborable, de naturaleza no compensable, para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante las Elecciones Generales del 11 de abril.

Según la disposición, los empleadores de los sectores público y privado adoptan las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido

Decreto Supremo qotorga facilidades a miembros de mesa y electores en el marco de las Elecciones Generales

Para gozar del beneficio señalado,  el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa debe presentar a su empleador, a través de soporte físico o digital, al momento de reiniciar su prestación de servicios, el Certificado de Participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales–ONPE.

Facilidades para votar

El decreto indica también que los  trabajadores de los sectores público y privado que prestan servicios en provincias distintas a su lugar de votación y que participen en las Elecciones Generales, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto, están facultados a no prestar servicios los días viernes 9, sábado 10, domingo 11 y lunes 12 de abril.

“En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establece la forma para hacer efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decide el empleador”, indica  el decreto.

En caso del sector público, los titulares de las entidades adoptan las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.

Tolerancia en la jornada de trabajo

La orden dispone que los trabajadores de los sectores público y privado que no presten servicios en provincias distintas a su local de votación, y cuyas jornadas de trabajo coinciden con el día de las Elecciones Generales, tienen derecho a periodos de tolerancia en el inicio de la prestación de servicios, así como durante la jornada de trabajo, para ejercer su derecho al voto.

El mandato dispone que los trabajadores que actúan como miembros de mesa, cuyas jornadas de trabajo coinciden con el día de las Elecciones Generales, están facultados a no prestar servicios por ese día, sin perjuicio de lo regulado para el 12 de abril como día no laborable,

“Los empleadores de los sectores público y privado disponen la forma de recuperación del día u horas dejadas de laborar, según corresponda”, indica la disposición firmada por el Presidente de la República Francisco Sagasati, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez y el  Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo Javier Eduardo Palacios Gallegos.

Puede acceder al decreto en el siguiente link:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-otorga-facilidades-a-miembros-de-mesa-y-decreto-supremo-n-008-2021-tr-1942213-2/

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