Mediante el decreto supremo No 008-2021-TR publicado el jueves 08 de abril en
el diario oficial El Peruano se declaró
que el lunes 12 de abril de 2021 será no laborable, de naturaleza no
compensable, para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa
durante las Elecciones Generales del 11 de abril.
Según la disposición, los empleadores de los sectores público
y privado adoptan las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido
Para gozar del beneficio señalado, el trabajador que se desempeñó como miembro
de mesa debe presentar a su empleador, a través de soporte físico o digital, al
momento de reiniciar su prestación de servicios, el Certificado de
Participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales–ONPE.
Facilidades para votar
El decreto indica también que los trabajadores de los sectores público y privado
que prestan servicios en provincias
distintas a su lugar de votación y que
participen en las Elecciones Generales, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto, están facultados
a no prestar servicios los días viernes 9, sábado 10, domingo 11 y lunes 12 de
abril.
“En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y
el trabajador, se establece la forma para hacer efectiva la recuperación de los
días no laborados; a falta de acuerdo, decide el empleador”, indica el decreto.
En caso del sector público, los titulares de las entidades adoptan
las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios
de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días
dejados de laborar.
Tolerancia en la
jornada de trabajo
La orden dispone que los trabajadores de los sectores público
y privado que no presten servicios en provincias distintas a su local de
votación, y cuyas jornadas de trabajo coinciden con el día de las Elecciones
Generales, tienen derecho a periodos de tolerancia en el inicio de la
prestación de servicios, así como durante la jornada de trabajo, para ejercer
su derecho al voto.
El mandato dispone que los trabajadores que actúan como
miembros de mesa, cuyas jornadas de trabajo coinciden con el día de las Elecciones
Generales, están facultados a no prestar servicios por ese día, sin perjuicio
de lo regulado para el 12 de abril como día no laborable,
“Los empleadores de los sectores público y privado disponen
la forma de recuperación del día u horas dejadas de laborar, según corresponda”,
indica la disposición firmada por el Presidente de la República Francisco
Sagasati, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
Javier Eduardo Palacios
Gallegos.
Puede acceder al decreto en el siguiente link:
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